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Recurso gratuito

Calendario de aplicación del EU AI Act.

Todas las fechas del Reglamento (UE) 2024/1689, con lo que entra en aplicación en cada una y el artículo que lo dice. Con el aplazamiento del Digital Omnibus ya incorporado.

Actualizado el 26 de agosto de 2026

Qué aplica hoy

Desde el 2 de agosto de 2026 son exigibles las obligaciones de transparencia del artículo 50, la vigilancia del mercado del capítulo IX y las multas del artículo 101. El régimen de alto riesgo no: el Reglamento (UE) 2026/1744 lo aplazó al 2 de diciembre de 2027 para los sistemas del anexo III y al 2 de agosto de 2028 para los del anexo I.

Fecha por fecha

Artículo 113, con el texto vigente tras la modificación del Reglamento (UE) 2026/1744.

FechaQué entra en aplicación
1 ago 2024

Entrada en vigor

El Reglamento entra en vigor 20 días después de publicarse en el DOUE. Desde aquí corre todo el calendario del artículo 113.

2 feb 2025

Prácticas prohibidas

Capítulos I y II. Las prácticas del artículo 5 dejan de poder usarse, salvo las letras (ba) y (bb) y los apartados 1a y 1b, que llegan en diciembre de 2026.

2 ago 2025

Modelos de uso general y gobernanza

Capítulo V (GPAI, artículos 51 a 56), capítulo VII (gobernanza), capítulo XII (sanciones, salvo el artículo 101), artículo 78 y la sección 4 del capítulo III sobre organismos notificados.

27 jul 2026

Modificaciones a otros actos de la Unión

Artículos 102 a 110. Es la letra que añadió el Digital Omnibus, que entró en vigor ese mismo día.

2 ago 2026

Transparencia y vigilancia del mercado

Artículo 50 (capítulo IV), capítulo VI, capítulo VIII (base de datos de la UE), capítulo IX (seguimiento poscomercialización, incidentes graves y vigilancia del mercado), capítulos X y XI, artículo 101 y el artículo 6(5).

2 dic 2026

Dos prohibiciones nuevas

Artículo 5(1) letras (ba) y (bb) y apartados 1a y 1b: material íntimo no consentido y material de abuso sexual infantil. Ese día vence también el transitorio del artículo 50(2) para los sistemas generativos que ya estaban en el mercado.

2 dic 2027

Alto riesgo del anexo III

Secciones 1, 2 y 3 del capítulo III: clasificación (artículos 6 y 7), requisitos (8 a 15) y obligaciones de proveedores y responsables del despliegue (16 a 27), para los sistemas del artículo 6(2).

2 ago 2028

Alto riesgo del anexo I

Las mismas secciones del capítulo III para los sistemas que son componente de seguridad de un producto ya regulado, artículo 6(1).

2 ago 2030

Sector público

Sistemas de alto riesgo destinados a autoridades públicas que se comercializaron antes de que el capítulo III fuera aplicable, artículo 111(2).

Qué cambió con el Digital Omnibus

El Reglamento (UE) 2026/1744 se adoptó el 8 de julio de 2026, se publicó en el DOUE el 24 y entró en vigor el 27. No suspende ni deroga nada: mueve fechas. El considerando 40 lo justifica en que las normas armonizadas, las especificaciones comunes y las autoridades nacionales llegaron tarde, lo que encarecía la implantación sin mejorar la protección. Las obligaciones son las mismas, con más plazo.

El bloque de alto riesgo se retrasa

Las secciones 1, 2 y 3 del capítulo III pasan del 2 de agosto de 2026 al 2 de diciembre de 2027 para el anexo III y al 2 de agosto de 2028 para el anexo I.

Se añaden dos prohibiciones

El artículo 5 gana las letras (ba) y (bb), aplicables desde el 2 de diciembre de 2026 y en el tramo sancionador más alto.

Las máquinas salen del anexo I sección A

Pasan a la sección B, con el régimen sectorial aligerado del artículo 2(2).

Transitorio para lo que ya estaba en el mercado

Los sistemas generativos comercializados antes del 2 de agosto de 2026 tienen hasta el 2 de diciembre para cumplir el artículo 50(2).

Errores frecuentes al leer el calendario

  • «El Reglamento se aplica del todo en agosto de 2026»

    Era cierto antes del Omnibus. Ahora en agosto de 2026 aplican transparencia, vigilancia del mercado y las multas del artículo 101, pero el grueso del régimen de alto riesgo no.

  • «Como se ha retrasado, no hay nada que hacer hasta 2027»

    Las prohibiciones del artículo 5 se aplican desde febrero de 2025 y las obligaciones GPAI desde agosto de 2025. Y clasificar un sistema, documentarlo y montar la gestión de riesgos lleva meses, no una semana.

  • «Hay sanciones desde agosto de 2025, luego ya me pueden multar por alto riesgo»

    El régimen sancionador está en vigor, pero solo alcanza a obligaciones que ya sean aplicables. Antes de diciembre de 2027 no hay exposición sancionadora por los requisitos del capítulo III.

  • «Tengo que marcar CE y registrar el sistema en agosto de 2026»

    El Omnibus no aplazó la sección 5 del capítulo III, artículos 40 a 49, así que sobre el papel esa maquinaria sigue en la fecha general. Opera sobre una categoría cuyos requisitos todavía no son exigibles, de modo que en agosto de 2026 nadie va a exigir el marcado.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa el 2 de agosto de 2026 con el EU AI Act?

Ese día entran en aplicación las obligaciones de transparencia del artículo 50, el capítulo VI sobre innovación, el capítulo VIII de la base de datos de la UE, el capítulo IX de vigilancia del mercado y notificación de incidentes graves, los capítulos X y XI, y las multas del artículo 101 para proveedores de modelos de uso general. Lo que no entra ese día es el régimen de alto riesgo, que el Reglamento (UE) 2026/1744 aplazó a diciembre de 2027 y agosto de 2028.

¿Se ha retrasado el EU AI Act?

Una parte sí. El Reglamento (UE) 2026/1744, el Digital Omnibus on AI, en vigor desde el 27 de julio de 2026, movió las secciones 1, 2 y 3 del capítulo III al 2 de diciembre de 2027 para los sistemas del anexo III y al 2 de agosto de 2028 para los del anexo I. El resto del calendario sigue igual y las obligaciones no cambian de contenido.

¿Cuándo son exigibles las obligaciones de alto riesgo?

Desde el 2 de diciembre de 2027 para los sistemas listados en el anexo III, que son los del artículo 6(2), y desde el 2 de agosto de 2028 para los que son componente de seguridad de un producto ya regulado, artículo 6(1). Hablamos de clasificación, gestión de riesgos, documentación técnica, supervisión humana y las obligaciones de proveedor y responsable del despliegue.

¿Desde cuándo hay multas por incumplir el EU AI Act?

El régimen sancionador de los artículos 99 y 100 está en vigor desde el 2 de agosto de 2025 y el artículo 101, para proveedores de modelos de uso general, desde el 2 de agosto de 2026. Ahora bien, solo se puede sancionar el incumplimiento de una obligación que ya sea aplicable, así que antes de diciembre de 2027 no hay exposición por los requisitos de alto riesgo del capítulo III.

Qué fechas tocan en tu caso

El calendario depende de la categoría del sistema y del rol con el que lo pones en el mercado. La calculadora resuelve las dos cosas en unas pocas preguntas y devuelve los artículos aplicables con su fecha.

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Fuentes

Aviso. Esta página resume el artículo 113 con fines informativos. Para una fecha concreta manda el texto del Reglamento publicado en el DOUE. No sustituye asesoramiento jurídico.

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